Reglamento de Elecciones del Comité Ejecutivo

(Presidente, Secretario, Tesorero)

Suposiciones de base:

  • Los miembros del CLEI son instituciones (no personas).
  • Los representantes son personas (no instituciones).
  • Un miembro tiene que cumplir con los requisitos (especialmente estar al día con el pago); si no cumple, no se considera miembro para los propósitos que siguen.
  • Cada institución tiene una persona representante de la misma.
  • Todas las instituciones que pertenecen al mismo país eligen una persona representante del país.
  • Para cada persona representante (de institución o de país), hay un suplente.
  • Todos los representantes de país en conjunto , más el Presidente, Secretario, Tesorero, y Past President, constituyen el comité directivo. Sin embargo, a efectos de las elecciones de los nuevos integrantes del Comité Ejecutivo (Presidente, Secretario y Tesorero), únicamente los representantes de país ejercen derecho a voto.

¿Qué se elige?

Se eligen los integrantes del próximo Comité Ejecutivo: Presidente, Secretario y Tesorero. Si la elección se produce un año X, el período de ejercicio del Comité Ejecutivo entrante es del 1 de enero del año X+1 al 31 de diciembre del año X+2.

¿Cuándo se elige?

En una sesión presencial durante la conferencia CLEI, en los años pares.

¿Quién puede ser elegido?

  • Todos los representantes titulares país del Comité Directivo y sus suplentes, y todos los integrantes del Comité Ejecutivo, actuales o de cualquier período anterior, siempre y cuando pertenezcan actualmente a una institución miembro de CLEI, no extraterritorial,  no hayan ejercido la misma función previamente por dos períodos, y en el caso del Presidente y Secretario Ejecutivo, que tengan un Doctorado en áreas afines a la Informática y que tengan una trayectoria académica destacada en la misma área.

¿Quién puede elegir?

Cada representante de país del período que está culminando.

¿Cuál es el proceso de elegir?

  • En la reunión presencial del año anterior a las votaciones, el CD designa un Comité de postulación, conformado por los últimos tres past-presidentes de CLEI en condiciones de participar.
  • El Comité de postulación recibe las propuestas de listas (integradas por candidatos para los tres puestos: Presidente, Secretario, Tesorero, afiliados en instituciones  miembros de CLEI en tres diferentes países) y controla la elegibilidad.
  • Las listas son propuestas por instituciones miembro de CLEI, y  deben llegar al menos 90 días antes de la realización de la conferencia CLEI. Para proponer una lista, debe ser respaldada por al menos cinco instituciones miembro, de tres países diferentes (extraterritoriales cuenta como un único país). El Comité de postulación  recibe y chequea la elegibilidad de dichas listas (decisiones inapelables).
  • El Comité de postulación  comunica a los integrantes del CD las listas recibidas y elegibles al menos 30 días antes de la realización de la conferencia CLEI.
  • Si no hubieran llegado listas en el plazo indicado, el Comité habilitará un plazo adicional de 30 días, para consultar a los miembros respecto a la presentación de postulaciones. Si pasado ese plazo no hubiera listas postuladas, el Comité de postulación deberá por sí mismo hacer una o más propuestas de lista para proponer al CD.
  • Se agenda una reunión de los representantes país integrantes del CD durante la conferencia CLEI, antes de la asamblea, con la elección del C. Ejecutivo como único punto del orden del día (esta reunión es independiente de la reunión ordinaria del CD). En dicha reunión, los representantes de país físicamente presentes votan entre las listas presentadas (voto secreto). Dicha reunión es presidida por un integrante del Comité de Postulación designado a estos efectos. Si ningún miembro del Comité de Postulación pudiera participar en esa instancia, la reunión es presidida por un integrante del Comité Ejecutivo saliente que no sea candidato en ninguna de las listas. Si tampoco fuera posible, es presidida por un ex-integrante del CD que no sea candidato en ninguna de las listas.  
  • Si una lista tiene más de la mitad de los votos sobre el total de votantes presentes, es designada.
  •  Si ninguna lista alcanza esa cantidad de votos, se realiza una segunda ronda entre las dos listas más votadas, y la lista con mayor cantidad de votos entre las dos es designada.
  • En caso que esta segunda votación culminó en empate, se realiza una tercera votación. Si la tercer votación también termina en empate, se realiza un sorteo entre las dos listas.

Pautas para integrantes Comité Directivo

  • Mantener los mecanismos actuales, según los cuales los representantes de instituciones miembro de CLEI de cada país designan su representante titular y su suplente en las Asambleas, cada dos años.
  • Se sugiere a las instituciones miembro de cada país que establezcan un procedimiento participativo para la designación del  representante país y su suplente, y que comuniquen al Comité Directivo el proceso seguido. 
  • Indicar un máximo de 3 períodos consecutivos para la persona representante titular de un país.
  • En caso de no estar presente ningún representante de miembros de un país en la asamblea, realizar una votación complementaria electrónica posterior para designar los representantes de dicho país.